Novedades Renta 2021
La campaña de la Renta 2021 comienza este 7 de abril. Sin embargo, este año estará marcada por la pandemia y la crisis económica. Una de las grandes novedades está relacionada con los ERTE realizados a millones de trabajadores durante el pasado año. Ahora tendrán que ver cómo afecta a la tributación y que efecto tendrá en la declaración de este año.
Para los más previsores ya es posible consultar los datos fiscales en el programa Renta Web y en la app de la Agencia Tributaria. Serán muchos contribuyentes los que tendrán que declarar sus nuevas situaciones derivadas de la pandemia de la Covid-19. Es el caso de los trabajadores afectados por los ERTES o los autónomos que hayan recibido ayudas directas habilitadas por el Gobierno.
Los ERTE y las ayudas directas
Fueron muchos quienes se vieron afectados a lo largo del año pasado por un ERTE total, de suspensión o parcial. Aunque estas prestaciones son abonadas por el SEPE, se consideran rendimientos del trabajo y figuran como otro pagador en la declaración anual de la renta.
Según la normativa de la declaración del IRPF, quienes no obtengan rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales no tendrán obligación de declararlo. Sin embargo, este límite es de 14.000 euros si el contribuyente tiene más de un pagador y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superan los 1.500 euros. Por tanto, quienes hayan cobrado más de dicha cantidad del SEPE como consecuencia de un ERTE y cuyos rendimientos del trabajo superen los 14.000 euros se verán obligados a presentar la declaración del IRPF aunque no hayan superado los 22.000 euros.
Subvenciones recibidas en 2020
Las subvenciones o ayudas recibidas para paliar los efectos de la crisis sanitaria tendrán que declararse. Un ejemplo son las recibidas para las actividades de los autónomos, el ingreso mínimo vital,¡ o el Plan Renove para la adquisición de vehículos. Así como las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda y otras de las Comunidades Autónomas, los préstamos subvencionados de la IDAE, las subvenciones a salas de cine, o las ayudas del Fondo Covid-19 distribuidas por las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla.
Deducciones por maternidad
Otra de las consecuencias derivadas de los ERTE repercutirá en las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años a su cargo. Estas madres tienen derecho a una deducción de 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años siempre y cuando esté dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad. Sin embargo, si se ha visto afectada por un ERTE deja de cumplir el requisito exigido para poder aplicar dicha deducción. De este modo pierde este derecho durante el tiempo que se haya encontrado en esta situación.
Ingreso mínimo vital
Aprobado el pasado mes de mayo, esta nueva prestación también tendrá implicaciones en la declaración de la renta de todos aquellos que la reciban.
Según lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto los perceptores de esta prestación deberán declararlo en los ejercicios en los que esta se perciba. Según advirtió el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos, esta obligación puede provocar ciertas complicaciones a sectores de la población que están poco acostumbrados a efectuar estos trámites. Además, pueden provocar algunos desajustes, como que alguno de sus miembros perciba más de 1.800 euros al año y no puedan deducirse otras cantidades por descendientes o ascendientes.
Otras novedades
Rentas inmobiliarias
El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda recuerda quela ley del IRPF establece la imputación de rentas inmobiliarias, excluyendo la residencia habitual. Por tanto, aunque no se haya podido disfrutar de esta, la imputación de ingresos no se altera por el confinamiento del contribuyente.
Aportaciones a planes de pensiones
Este apartado también incluye novedades en lo relativo a las aportaciones mensuales que se puedan hacer procedentes de diferentes medios. Las aportaciones personales a estos planes no podrán superar los 2.000 euros ni exceder los 8.000 si proceden de aportaciones de empresas. En cualquier caso, no podrán exceder los 10.000 euros. También se reducen las aportaciones que puede hacer un cónyuge (hasta 1.000 euros al año) o las de los seguros privados de dependencia. Hasta 2.000 euros en este último caso.
Traslado de datos de los libros de registro
Quienes tengan que llevar un libro de registro del IRPF podrán trasladar los datos en su declaración para que sea más fácil su cumplimentación. No obstante, para que sea posible los formatos de estos libros deberán estar homologados por la Agencia Tributaria.
Nuevos tramos de gravamen en la renta general y renta del ahorro
El 1 de enero de este año entró en vigor la modificación de la escala. Se añadía un nuevo tramo de gravamen estatal sobre la renta general para la base liquidable que exceda los 300.000 euros. Así se aplicaba un tipo del 24,5%.
Desde esa misma fecha también, en las rentas del ahorro se modifica la escala para determinar la cuota íntegra estatal. Además, se incorpora un nuevo tramo para la base liquidable de ahorro que exceda los 200.000 euros, aplicándose un tipo del 13%.
Artículo publicado en Confianz