La prórroga de la moratoria concursal supone el fin para las “empresas zombie”

Publicado por SFAI Spain    22/04/2021   Empresas

La actual crisis está dejando a su paso decenas de miles de empresas españolas sin actividad. Es usual que la disolución efectiva de estas empresas se demore e incluso no llegue a ejecutarse. Para evitar el uso fraudulento de estas empresas fantasma para operaciones ilegales, la Agencia Tributaria ha solicitado colaboración a notarios y registradores. Se busca agilizar así el cribado de empresas vivas y prevenir que el cementerio empresarial se aproveche para actividades delictivas. El objetivo es hacer una limpia entre las sociedades muertas para identificar antes a aquellas empresas «zombie” que puedan facilitar la comisión de delitos.

Hasta el 31 de diciembre

El pasado 14 de marzo era la fecha límite que estableció la anterior prórroga de la moratoria concursal. Este hecho eliminaba cualquier exigencia de acudir a concurso de acreedores a todas aquellas compañías que se encontrasen en situación de insolvencia. ¿Qué hubiera pasado si el Consejo de Ministros no hubiera ampliado hasta finales de año esta nueva prórroga? Se habría reactivado la obligación de solicitar concurso en el plazo de los dos meses siguientes al momento en el que los administradores sociales conocen la situación de insolvencia de la empresa.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha señalado que se está trabajando en la modificación de la ley concursal. Plan que prevén presentar pronto con el objetivo de evitar la quiebra de más empresas. Esta ampliación  proporcionará un periodo para afrontar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas. Su objetivo es hacerlo sin desencadenar necesariamente una pérdida de valor en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal.

También se amplían hasta el 31 de diciembre también las medidas procesales que aceleran los procesos, la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial. Sin embargo, la moratoria no exime al administrador de solicitar el concurso voluntario ante la insolvencia actual o urgente.

¿Cómo no convertirte en una empresa «zombie»?

Hay empresas que no pueden continuar ni un día más y están esperando una decisión que les permita resistir y por eso aguantan más de lo que pueden. Si son estas sociedades las que reciben esos 11.000 millones de ayudas no van a servir de nada. Ampliar aún más los plazos puede solo conseguir retrasar el colapso de los juzgados, se estarían manteniendo empresas “zombie” que no están generando actividad. Además, sustraer recursos a otras compañías que sí pueden recuperarse arrastra a estas también a concurso.

De las PYME que no han solicitado todavía operaciones avaladas por ICO o que no se lo concedieron, 214.000 precisan ya acceder a financiación para asegurar su futuro. El  barómetro gA de noviembre confirmó que en la actualidad, el 6% de las PYME no están siendo capaces de afrontar sus compromisos de pago.

Debe afrontarse como la última opción, pero es una clara solución que, organizada con tiempo, da la posibilidad a muchas empresas de recuperar su viabilidad. A veces los préstamos no son la solución a las deudas a las que se enfrentan muchas compañías. Estas solo consiguen hacer más grande la deuda y alargar lo inevitable, convertirte en una empresa «zombie», fantasma. Esta situación de insolvencia agobia a millones de empresas que no encuentran ninguna salida y terminan poniendo fin a su actividad. Todo ello sin ser conscientes de las consecuencias que tiene no realizar este proceso de forma progresiva y ordenada.

¿Cómo evitar que el concurso de acreedores acabe en liquidación de la empresa? Es necesario que el empresario sepa reconocer si los objetivos de la compañía y su funcionamiento no está yendo según lo esperado. Así como dejar de acumular deuda o seguir invirtiendo sin obtener beneficios.

Las 4 ventajas del concurso de acreedores para las empresas:

1. Es un proceso flexible que otorgo a la empresa la posibilidad de seguir existiendo, manteniendo su actividad y empleados. A través del concurso la compañía puede conseguir una refinanciación gratuita y sin intereses de la deuda total y de hasta cinco años.

2. Es un procedimiento al alcance de todo tipo de empresas con previsiones de insolvencia, tanto pequeñas, como medianas y grandes.

3. Si es el propio deudor quien solicita el concurso, este podrá conservar sus facultades de administración no está obligado a hacerse cargo de las deudas con su patrimonio personal, aunque deberá contar con la aprobación del administrador concursal.

4. Gracias al concurso la organización puede conseguir reducciones de hasta el 50% en sus deudas, mejorando así su liquidez y reduciendo su endeudamiento. Además, posibilita la paralización y aplazamiento de los embargos durante un tiempo y las acciones judiciales sin generar interés durante un año.


Artículo publicado en Confianz

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