La nueva Ley Antiopas sobre inversiones exteriores entrará en vigor el 1 de septiembre

Publicado por SFAI Spain    20/07/2023   Actualidad, doing business, Economia, Empresas

El próximo 1 de septiembre entrará en vigor el nuevo Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exterioresEsta normativa antiopas fija algunas de las medidas temporales que se aprobaron durante la pandemia para evitar la compra de activos estratégicos nacionales por parte de capital extranjero. La principal novedad es que se reducen y agilizan los trámites administrativos. Así, el plazo de resolución para autorizar o vetar inversiones se reduce a la mitad y pasa de los seis a los tres meses. Se incluyen en este período además las consultas con la administración, que tendrá 30 días hábiles para dar respuesta.

EL ESCUDO ANTIOPAS

Recapitulemos cómo hemos llegado hasta aquí. Para ello debemos remontarnos a marzo de 2020, cuando el Ejecutivo puso en marcha el llamado escudo antiopas. De esta manera, el artículo 7 bis de la Ley 19/2003 establecía la obligatoriedad de un permiso previo por parte del Gobierno para aquellos inversores extracomunitarios que pretendieran invertir por un valor superior a 500 millones de euros o adquirir más del 10% de una empresa estratégica con cotización en Bolsa. Los motivos aducidos eran de seguridad, orden público y salud pública. Y el objetivo era evitar que el capital extranjero aprovechase las caídas bursátiles que se produjeron durante la pandemia del COVID-19 para hacerse con empresas españolas estratégicas.

En noviembre de ese mismo año, esta medida se complementó con una disposición transitoria que establecía que el Gobierno debía autorizar también las inversiones directas extranjeras protagonizadas por sociedades de la UE y de la Asociación Europea de Libre Comercio sobre empresas cotizadas o incluso sobre las no cotizadas si la inversión superaba los 500 millones de euros. El objetivo era evitar que los inversores pudieran burlar las restricciones simplemente estableciendo sociedades en territorio comunitario.

La inflación y la subida de tipos de interés ha provocado que esta normativa se haya prorrogado sucesivamente hasta la actualidad.

NOVEDADES DE LA LEY ANTIOPAS 2023

Ahora el Ejecutivo ha modificado y desarrollado el régimen de inversiones extranjeras en España y, en particular, el de control de inversiones. Estas son algunas de las principales novedades:

  • El plazo de resolución para autorizar o vetar inversiones se reduce de los seis a los tres meses. De esta manera se reducen y agilizan los trámites administrativos, una de las principales reclamaciones de empresas e inversores.
  • Se formaliza el sistema de consulta voluntaria que ya venía existiendo en la práctica. Mediante este procedimiento voluntario los inversores pueden recibir una respuesta confidencial y vinculante sobre la necesidad de que una determinada operación sea sometida a autorización o no. La Administración tendrá 30 dias hábiles para dar respuesta. En caso contrario, el interesado podrá presentar solicitud de autorización.
  • Se elimina la posibilidad de recurrir al procedimiento simplificado de 30 días hábiles para operaciones por un importe inferior a 5 millones de euros. 
  • No están sujetas al mecanismo de control las reestructuraciones internas en un grupo de empresas ni los incrementos de participación por inversores que ya tengan al menos un 10% en la sociedad española si esos incrementos no van acompañados de cambios en el control.
  • En caso de inversión a través de fondos de private equity el sujeto obligado a someterse a control como titular de la inversión será la sociedad gestora siempre que los socios o beneficiarios no ejerzan legalmente derechos políticos ni tengan acceso privilegiado a la información de la empresa.
  • Ya no quedan exentas todas las inversiones por importe inferior a un millón de euros. El umbral ahora varía en función del sector de la empresa en que se invierta. Quedan especialmente regulados el sector energético, el de comunicaciones electrónicas, la minería, las materias primas estratégicas, etc.

CONCLUSIONES

En global, valoramos que esta nueva norma recoge por escrito algunos criterios interpretativos que ya venían aplicando las autoridades y ofrece una mayor seguridad jurídica en el mercado.

 

SFAI SPAIN

Artículo extraído de la web de Confianz, firma asociada a SFAI Spain

 

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