Junio es la fecha límite: La reforma concursal impedirá cancelar deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Publicado por SFAI Spain    13/04/2022   Actualidad, Negocios

En los últimos años, la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) ha llegado a cancelar deudas de más de un millón de euros con Hacienda o la Seguridad Social. Sin embargo, esta situación podría cambiar muy pronto. 

Creada en 2015, la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) permite cancelar sus deudas a particulares, autónomos y empresarios que se encuentran en situación de insolvencia. En total, más de 15.000 particulares, autónomos y empresarios han conseguido cancelar sus deudas en los últimos siete años gracias a la LSO.

CON LA REFORMA DE LA LEY CONCURSAL YA NO SE CONDONARÁ DEUDA PÚBLICA

En un principio la Ley de la Segunda Oportunidad se creó para perdonar deudas privadas, con bancos o proveedores. Desde 2019, una sentencia del Tribunal Supremo, se incluyen también las deudas públicas, a Hacienda o la Seguridad Social.

En concreto, la situación actual es que es posible una exoneración de hasta el 70% de la deuda pública, fraccionando el pago del 30% restante en un plazo máximo de cinco años. Pero la reforma de la ley concursal cuya entrada en vigor se prevé para junio de 2022 podría cambiar las reglas del juego. 

De hecho, ya en 2020 el texto refundido de la Ley Concursal eliminaba los créditos públicos como deuda perdonable dentro de la LSO. Sin embargo, la mayoría de los juzgados han seguido incluyéndolos durante todo este tiempo. Lo hacen siguiendo las directrices del Tribunal Supremo, que considera que el texto refundido va en contra de la normativa comunitaria, que garantiza que los empresarios insolventes de buena fe y que cumplen ciertos requisitos puedan acceder al menos a un procedimiento que desemboque en la plena exoneración de deudas. 

Ahora, el nuevo texto de la reforma concursal pretende terminar con esta situación y evitar que la sentencia del Tribunal Supremo pueda utilizarse para seguir perdonando deuda pública. En concreto, limita a un máximo de tan solo 1.000 euros la deuda máxima cancelable con Hacienda y la Seguridad Social.

Esta cifra es especialmente baja si tenemos en cuenta que en los últimos años con la Ley de Segunda Oportunidad se han llegado a perdonar créditos públicos de más de un millón de euros.

¿ES AHORA EL MOMENTO DE ACUDIR AL CONCURSO DE ACREEDORES?

El aumento de las situaciones de insolvencia provocado por la crisis del coronavirus, unido a este horizonte en el que aparece con fuerza la posibilidad de que se limite la cancelación de deudas públicas, ha disparado hasta en un 63% las solicitudes para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. 

Cada caso es diferente y debe estudiarse individualmente, pero las empresas en situación de insolvencia deberían plantearse seriamente la posibilidad de acudir ya al concurso de acreedoresDe lo contrario, se arriesgan a encontrarse con unas condiciones mucho menos favorables dentro de pocos meses.

Como la reforma no se aplicará de forma retroactiva, la nueva normativa solo afectará a los casos presentados tras la aprobación del nuevo texto. Es decir, que una simple cuestión de fechas puede hacer que dos casos idénticos se enfrenten a situaciones muy distintas.

Recuerda que la reforma concursal, proyectada por el Ministerio de Justicia y presentada al Parlamento el pasado diciembre, se prevé que sea aprobada en el próximo mes de junio.

 

SFAI SPAIN

Artículo extraído de la web de Confianz, firma asociada a SFAI Spain

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