¿Qué pasará con mis perfiles en redes sociales cuando yo muera?
Las nuevas tecnologías han llevado consigo la implantación de nuevas formas de comunicación, siendo una de ellas la creación de perfiles sociales en las redes. Los propietarios de dichas cuentas poseen un nombre de usuario y una clave, siendo los mismos los encargados de gestionar su perfil en la red. El problema surge cuando la persona titular de ese perfil fallece.
Muchos de nosotros alguna vez nos hemos preguntado que pasara con nuestros perfiles en las redes sociales cuando ya no estemos aquí. Aunque parezca una pregunta fácil de responder, les advierto que no es así.
De forma previa, se debe tener en cuenta que en aquellos casos en los que la persona física titular del perfil social fallezca sin haber dejado por escrito cuál es su voluntad, la empresa prestadora del servicio dejara el perfil activo, hecho que en muchas ocasiones puede llegar a resultar incómodo por los familiares de la persona difunta.
¿Cómo se puede solucionar esta situación? La solución pasa por dejar constancia en el testamento de la voluntad del causante acerca de la gestión de sus perfiles en las redes sociales.
Se puede decir que en los últimos años ha habido un creciente aumento de testamentos en los que se incluye, ya de forma habitual, una clausula, mediante la cual el testador deja constancia de su voluntad acerca de la gestión de sus perfiles sociales. Sin embrago, y desde mi punto de vista, este hecho aún resulta desconocido por mucha gente, y ello por cuanto considero que resulta ser un problema de las nuevas generaciones.
¿Qué consecuencias se evitan con el otorgamiento del testamento? Con ello lo que se evita es, por una parte, que el perfil social pase a ser gestionado por la empresa propietaria de la plataforma virtual, y por otra, que nuestra información quede almacenada en la red y sea visible para todo el público.
Aun así, creo que la problemática de dichas situaciones va mucho más allá. No se puede perder de vista que hoy en día existen múltiples plataformas en los que los usuarios pueden crear sus perfiles, hecho por el cual, una vez fallecida la persona titular de dichas cuentas a los familiares les puede llegar a resultar una tarea complicada poder determinar cuántos perfiles sociales tenía la persona fallecida, y en cuantas plataformas tenia creada una cuenta, por ello, soy partidaria que para poder agilizar dichos tramites y con la finalidad de que nuestra información no se quede almacenada en la memoria de las plataformas virtuales siendo visible para todo el mundo, se debería detallar el número de los perfiles sociales de los que se dispone, así como informar en qué plataformas se encuentran.
La finalidad de todo ello es la protección de nuestra información, con el fin de evitar que la misma pueda ser utilizada por terceras personas ajenas a nuestro entorno familiar.
En consecuencia, la incorporación de las nuevas tecnologías, y el creciente aumento de perfiles en las redes sociales, están influyendo en todo aquello que gire entorno de la persona, debemos entender que la información que guardamos en los perfiles sociales se debe preservar como aquel que deja una caja de fotografías o una caja de documentos personales.
Por todo ello, es importante saber gestionar todos nuestros bienes personales, hecho por el cual, entiendo que el asesoramiento de un abogado en la preparación o firma del testamento, puede ser de gran ayuda, habida cuenta el desconocimiento que existe acerca de las disposiciones testamentarias, y habida cuenta que un buen asesoramiento resulta ser de gran utilidad cuando lo que intentamos es evitar, o dar solución, a futuros problemas.
Gemma Calls
Abogada en JDA/SFAI Spain